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Proceso de revisión

Una vez registrado el manuscrito, el Comité Editorial realiza una evalución inicial para determinar el ajuste del mismo a los temas que trata la revista, el completamiento correcto de los metadatos en el sitio y el ajuste a la plantilla propuesta; de no cumplir estos acápites entabla una discusión con el autor y de no resolverse puede ser archivado. Este proceso se realizará en un plazo no mayor de 21 días.

De cumplir con todo lo antes señalado, este manuscrito pasa al proceso de revisión o arbitraje, en el que se tiene en cuenta lo siguiente:

−        El grupo de arbitraje o los revisores serán responsabilidad del Comité Editorial, designando  dos árbitros especializados, según el tema que trata el manuscrito. Si los árbitros no coinciden en sus criterios, se designará un tercero. Los árbitros recibirán un correo con la petición de revisión.

−       La revisión se realizará a doble ciegas. En algunos casos específicos se podrá establecer otro tipo de arbitraje abierto.

−       Los árbitros se ajustarán al reglamento de arbitraje adoptado por la revista, a partir de la guía de arbitraje donde se plasmen los criterios y argumentos del arbitraje.

Guía para evaluación de Artículos Originales

Guía para evaluación de Artículos de Revisión

Guía para evaluación de Presentación de Caso

Guía para evaluación de Otros tipos de artículo

−       Dejarán constancia de su evalución en el espacio desiganado en el sitio de la revista, siguiendo los pasos al trabajar con el rol de revisor.

.−        El trabajo deberá ser evaluado en un plazo de 60 días, una vez que el árbitro acepte evaluar el manuscrito.

Una vez recibido el resultado de la revisión, se conciliarán las sugerencias de los árbitros para tomar la decisión editorial final.

 

Código ético de los árbitros

Derechos:

  • Negarse a revisar el artículo asignado si no tiene el tiempo requerido para evaluarlo o no considerarse experto en el tema.

  • Rechazar trabajos que no hayan sido presentados formalmente por el director de RIC.

  • Negarse a emitir juicios de complacencia a solicitud de los responsables de la revista.

  • Conocer la decisión final tomada por el comité editorial respecto al artículo que evaluó.

  • Exigir algún tipo de documento que certifique su colaboración con RIC como evaluador.

  • Emitir algún criterio o sugerencia al comité editorial de RIC para mejorar el proceso evaluativo.

  • Participar en talleres, reuniones de trabajo o actividades científicas relacionadas con su función de árbitro.

Deberes:

  • Cumplir con el plazo establecido de los 30 días si acepta la revisión.

  • Asegurar la integridad de las evaluaciones anónimas por pares de los envíos a esta editorial, se hará todo lo posible para impedir que los autores/as conozcan la identidad de los revisores/as y viceversa.

  • Utilizar la Guía de arbitraje proporcionada, así como otras directrices de evaluación estandarizadas de uso internacional (EQUATOR).

  • Exponer claramente en qué consisten las modificaciones sugeridas, si las hubiere, o los criterios sostenidos para rechazar el trabajo.

  • Negarse a arbitrar cualquier artículo científico si un conflicto de intereses (relaciones personales, rivalidad académica, pasión intelectual u otros) con el autor(es) pudiera perjudicar las opiniones sobre el contenido.

  • No utilizar la información contenida en los artículos evaluados para promover intereses académicos propios, ni discutir o comentar públicamente sobre el contenido de artículos no publicados o el resultado de su arbitraje.

  • No aprobar superficialmente un manuscrito enviado para revisión.

  • Informar con prontitud si detecta algún indicio de plagio, sea parcial o total

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